El ataque a Siria y el regreso del realismo político



Por: Carlos Eduardo Pérez Crespo
Luego de la decisión del Presidente Donald Trump y sus aliados -Francia e Inglaterra- de atacar el Estado sirio por, supuestamente, usar armas químicas, surge nuevamente la pregunta sobre la actualidad del Derecho internacional. Los aliados decidieron atacar Siria de manera unilateral, puesto que no se siguió el proceso del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Ante esto, el debate ahora es ¿por qué los países miembros del Consejo Permanente no siguieron el Derecho internacional?; sino que, por el contrario, actuaron de forma "decisionista" frente a una necesidad excepcional.
Jürgen Habermas escribió un ensayo brillante titulado ¿Tiene todavía alguna posibilidad la constitucionalización del Derecho internacional?, en el cual desarrolla una visión kantiana de las relaciones internacionales: “con el proyecto de una ‘situación cosmopolita’, Kant dio el paso decisivo más allá del derecho internacional referido exclusivamente a los Estados” (Habermas, 2004: 113). Efectivamente, luego de las guerras mundiales, Habermas reconoce que el orden internacional se ha “constitucionalizado” con organizaciones y procedimientos internacionales. Sin embargo, Habermas reconoce que existen críticas acerca de la capacidad que tiene este orden internacional para sancionar y juzgar a Estados que no sigan los procedimientos, más aún si algunos de estos son potencias mundiales, como los Estados Unidos. Por esa razón, Habermas acepta que, teóricamente, el proyecto kantiano supone una “visión idealista” de las relaciones internacionales: “la disputa entre los idealistas kantianos y los realistas seguidores de Carl Schmitt acerca de los límites de la juridificación de las relaciones internacionales se encuentra hoy recubierta por un conflicto de más profundo alcance” (Habermas, 2004: p. 114).

Carl Schmitt y Hans Morgenthau comparten la “visión realista” (Realpolitik), según la cual las relaciones internacionales están atravesadas por los intereses nacionales de los Estados, por lo cual el Derecho internacional no puede actuar como un “Estado mundial” o “guardián mundial” de la justicia internacional. Del mismo modo, Kenneth Waltz, padre del “realismo norteamericano”, aseguraba que esta situación se debe a que el elemento característico de las relaciones internacionales es la condición teórica de “anarquía” -similar al “estado de naturaleza” de Thomas Hobbes-, debido a que no existe un Estado que pueda justificar, moral y políticamente, su superioridad en el escenario internacional. No obstante, Waltz cree que a pesar de que esta superioridad no puede ser justificada, eso no descarta que no exista un orden internacional con un Estado con primacía mundial, como el caso de los Estados Unidos después de la caída del Muro de Berlín. Por esa razón, Habermas asevera, en consonancia con el realismo político, que “el centro de la controversia entre idealistas y realistas era la cuestión de si es posible la justicia en las relaciones entre naciones” (ibídem).

Los hechos de Siria llevan a esta discusión clásica sobre el ejercicio de la justicia en las relaciones internacionales. Por esa razón, frente a la decisión de Trump y sus aliados de atacar a Siria sin cumplir con el Derecho internacional, es inevitable preguntarse si es que esta misma postura "decisionista" no será utilizada para justificar la invasión de "Estados hostiles", como son Irán, Corea del Norte y Venezuela. El Realismo político, por tanto, encontraría aquí un elemento para su resurgimiento político e intelectual, tal como fue después de la decisión de George Bush de invadir Irak. El debate está abierto, aunque la crisis del Derecho internacional frente a Siria es, hasta este momento, innegable.
Referencias:
Habermas, J. (2004). ¿Tiene todavía alguna posibilidad la constitucionalización del Derecho internacional?. En: Occidente Escindido. Madrid: Trotta, pp. 113-187.

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